Indicaciones para solicitar Certificados para la práctica deportiva

Tipo de noticia: General
Fecha: 04/05/2020

Logo FEDCEl 3 de mayo, el Boletín Oficial del Estado publicó la Orden SND/388/2020 formato PDF(0,27 MB), por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado. Desde la Federación Española de Deportes para Ciegos (FEDC) consideramos conveniente establecer un mecanismo para acreditar que nuestros deportistas están federados y su necesidad de contar con un guía. En los casos de los Deportistas de Alto Nivel (según clasificación del Consejo Superior de Deportes), además, podrán contar con un entrenador; mientras que no se considera para el resto de deportistas federados.

Los deportistas federados DAN (y sus guías) han recibido la certificación por parte del CSD y sus correspondientes instrucciones. Mientras que a los entrenadores de estos, se les debe certificar desde su Federación.

Los deportistas federados (no DAN) podrán realizar entrenamientos de forma individual, en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, y dentro de los límites del término municipal en el que tengan su residencia.

Esta Orden considera que los deportistas que practiquen modalidades de deporte adaptado o de carácter paralímpico, podrán contar con el acompañamiento de otro deportista para realizar su actividad deportiva, si esto resulta ineludible. En este caso, las distancias de seguridad interpersonal se reducirán lo necesario para la práctica deportiva, debiendo utilizar ambos mascarilla, y se aplicarán las medidas que se consideren oportunas para garantizar la higiene personal y la etiqueta respiratoria que procedan en cada caso. Para ello, los guías deben disponer del correspondiente certificado.

Para obtener dicha acreditación, cada interesado (deportista o entrenador DAN) deberá solicitar a su federación un certificado que acredite que tiene licencia en vigor y, en su caso, la necesidad de contar con guía, que también deberá tener licencia federativa. Aquellos deportistas que no pertenezcan a una federación autonómica o que esta no pueda emitir el certificado por alguna razón, podrá remitir su solicitud al buzón de la FEDC fedc@once.es, indicando su nombre y apellidos, su DNI y el deporte en el que tienen licencia en vigor vigente y/o validada por la FEDC. En caso de que precisen un guía, deberán proporcionar los mismos datos identificativos del mismo, teniendo en cuenta que es imprescindible que la persona que realice funciones de guía tenga licencia, para que esté cubierta ante cualquier contingencia que pueda producirse durante el entrenamiento. La FEDC remitirá el certificado al correo electrónico de origen.

Aquellas personas con licencia de entrenador que lo precisen, deberán utilizar el mismo procedimiento para solicitar su correspondiente certificado, indicando además a qué deportistas DAN van a entrenar, ya que estos son los únicos que pueden contar con apoyo de entrenador.

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